Fondo de Defensa de la Libertad de Salud (HFDF), Educadores de California para la Libertad Médica y demandantes individuales ganaron su apelación en el Noveno Circuito sobre el Mandato de Vacunación Covid para Empleados del LAUSD.
Fondo de Defensa de la Libertad de Salud et. al, liderado por el excepcional equipo legal de John Howard y Scott Street en JW Howard Attorneys, obtuvo una victoria significativa en el Noveno Circuito, que revocó la desestimación de su demanda que impugnaba la vacunación obligatoria del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (“LAUSD”). política para todos los empleados.
Al revocar la decisión del Distrito Central de California en Los Ángeles, la mayoría del Noveno Circuito sostuvo que, en primer lugar, el caso no fue discutido por la rescisión del mandato por parte del LAUSD después de un argumento oral en septiembre de 2023. La mayoría criticó la astucia del LAUSD por lo que lo fue: un intento descarado de evitar una decisión adversa tratando de crear una cuestión discutible.
Desafortunadamente para el LAUSD, ya lo habían hecho una vez en el tribunal de primera instancia. Aplicando la doctrina de cesación voluntaria, la mayoría dudó de la sinceridad del LAUSD al rescindir el mandato inmediatamente después de un argumento oral desfavorable en septiembre del año pasado.
En cuanto al fondo, la mayoría dictaminó que el tribunal de distrito había aplicado incorrectamente la decisión de 1905 de la Corte Suprema en Jacobson v. Massachusetts cuando desestimó la demanda del LAUSD basándose en que el mandato estaba racionalmente relacionado con un interés estatal legítimo. En Jacobson, la Corte Suprema confirmó la constitucionalidad de un mandato de vacunación contra la viruela porque se relacionaba con “prevenir la propagación” de la viruela.
Sin embargo, la mayoría señaló que el HFDF había alegado en la demanda que las inyecciones de Covid no son vacunas “tradicionales” porque no previenen la propagación de Covid-19, sino que sólo pretenden mitigar los síntomas de Covid en el receptor. Esto, había alegado el HFDF en su denuncia, hace que la vacuna contra el Covid sea un tratamiento médico, no una vacuna.
El tribunal reconoció que mitigar los síntomas en lugar de prevenir la propagación de la enfermedad “distingue Jacobson, presentando así un interés gubernamental diferente”. Con base en este razonamiento, la mayoría desaprobó el argumento del tribunal de primera instancia de que, incluso si las inyecciones no previenen la propagación, “Jacobson todavía dicta que el mandato de la vacuna está sujeto a la prueba de base racional y sobrevive a ella”.
El tribunal sostuvo que “[e]sto se aplica incorrectamente Jacobson”, que “no implicaba una afirmación en la que la vacuna obligatoria estaba 'diseñada para reducir los síntomas en el receptor infectado de la vacuna en lugar de prevenir la transmisión y la infección'". Jacobson, concluyó la mayoría, no se extiende al "tratamiento médico forzado" en beneficio del destinatario.
El tribunal se negó a dar deferencia alguna a los pronunciamientos de los CDC de que “las vacunas Covid-19 son seguras y efectivas”. Como preguntó retóricamente el tribunal, ¿“seguro y eficaz” para qué? La mayoría señaló la acusación del HFDF de que los CDC habían cambiado la definición de “vacuna” en septiembre de 2021, eliminando la palabra “inmunidad” de esa definición. El tribunal también tomó nota de las citas del HFDF a declaraciones de los CDC de que las vacunas no previenen la transmisión y que la inmunidad natural es superior a las vacunas.
En otra concurrencia, el juez Collins escribió que el tribunal de distrito “se equivocó aún más al no darse cuenta de que las acusaciones [de HFDF] implican directamente una línea distinta y más reciente de autoridad de la Corte Suprema” para la proposición de que “una persona competente tiene una libertad constitucionalmente protegida”. interés en rechazar tratamiento médico no deseado[.]” Citando la decisión de la Corte Suprema en Washington contra Glucksberg, el juez Collins señaló que el derecho a rechazar un tratamiento médico no deseado es “totalmente consistente con la historia y las tradiciones constitucionales de esta nación” y que las acusaciones de HFDF en este caso “son suficientes para invocar ese derecho fundamental”.
El fallo del Noveno Circuito de hoy demuestra que el tribunal vio a través de los trucos del LAUSD y, al hacerlo, dejó claro que los preciados derechos de los estadounidenses a la autodeterminación, incluido el sagrado derecho a la autonomía corporal en cuestiones de salud, no son negociables. Este es un gran triunfo para la verdad, la decencia y lo correcto.
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