El Fondo de Defensa de la Libertad Sanitaria ( HFDF ), la organización Educadores de California por la Libertad Médica y demandantes individuales han ganado su apelación en el Noveno Circuito contra el mandato de vacunación contra el Covid para los empleados del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD).
Fondo de Defensa de la Libertad de Salud et. al, liderado por el excepcional equipo legal de John Howard y Scott Street en JW Howard Attorneys, obtuvo una victoria significativa en el Noveno Circuito, que revocó la desestimación de su demanda que impugnaba la vacunación obligatoria del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (“LAUSD”). política para todos los empleados.
Al revocar la decisión del Distrito Central de California en Los Ángeles, la mayoría del Noveno Circuito sostuvo que, en primer lugar, el caso no fue discutido por la rescisión del mandato por parte del LAUSD después de un argumento oral en septiembre de 2023. La mayoría criticó la astucia del LAUSD por lo que lo fue: un intento descarado de evitar una decisión adversa tratando de crear una cuestión discutible.
Desafortunadamente para el LAUSD, ya lo habían hecho una vez en el tribunal de primera instancia. Aplicando la doctrina de cesación voluntaria, la mayoría dudó de la sinceridad del LAUSD al rescindir el mandato inmediatamente después de un argumento oral desfavorable en septiembre del año pasado.
En cuanto al fondo del asunto, la mayoría dictaminó que el tribunal de distrito había aplicado erróneamente la decisión de la Corte Suprema de 1905 en el caso Jacobson v. Massachusetts al desestimar la demanda del LAUSD con el argumento de que el mandato guardaba una relación racional con un interés legítimo del estado. En Jacobson , la Corte Suprema confirmó la constitucionalidad del mandato de vacunación contra la viruela porque se relacionaba con la prevención de la propagación de la enfermedad.
Sin embargo, la mayoría señaló que el HFDF había alegado en la demanda que las inyecciones de Covid no son vacunas “tradicionales” porque no previenen la propagación de Covid-19, sino que sólo pretenden mitigar los síntomas de Covid en el receptor. Esto, había alegado el HFDF en su denuncia, hace que la vacuna contra el Covid sea un tratamiento médico, no una vacuna.
El tribunal reconoció que mitigar los síntomas en lugar de prevenir la propagación de la enfermedad “distinguiendo el caso Jacobson , lo que implica un interés gubernamental diferente”. Con base en este razonamiento, la mayoría desestimó la afirmación del tribunal de primera instancia de que, incluso si las vacunas no previenen la propagación, “Jacobson sigue dictando que la obligatoriedad de la vacunación está sujeta a la prueba de la base racional y la supera”.
El tribunal sostuvo que “[e]sto aplica erróneamente Jacobson ”, que “no involucraba una demanda en la que la vacuna obligatoria estuviera ‘diseñada para reducir los síntomas en el receptor de la vacuna infectado en lugar de para prevenir la transmisión y la infección’”. Jacobson, concluyó la mayoría, no se extiende al “tratamiento médico forzado” en beneficio del receptor.
El tribunal se negó a dar deferencia alguna a los pronunciamientos de los CDC de que “las vacunas Covid-19 son seguras y efectivas”. Como preguntó retóricamente el tribunal, ¿“seguro y eficaz” para qué? La mayoría señaló la acusación del HFDF de que los CDC habían cambiado la definición de “vacuna” en septiembre de 2021, eliminando la palabra “inmunidad” de esa definición. El tribunal también tomó nota de las citas del HFDF a declaraciones de los CDC de que las vacunas no previenen la transmisión y que la inmunidad natural es superior a las vacunas.
En una opinión concurrente separada, el juez Collins escribió que el tribunal de distrito “cometió otro error al no darse cuenta de que las alegaciones de [HFDF] implican directamente una línea distinta y más reciente de autoridad de la Corte Suprema” para la proposición de que “una persona competente tiene un interés de libertad protegido constitucionalmente para rechazar un tratamiento médico no deseado”. Citando la decisión de la Corte Suprema en Washington v. Glucksberg , el juez Collins señaló que el derecho a rechazar un tratamiento médico no deseado es “totalmente consistente con la historia y las tradiciones constitucionales de esta Nación”, y que las alegaciones de HFDF en este caso “son suficientes para invocar ese derecho fundamental”.
El fallo del Noveno Circuito de hoy demuestra que el tribunal vio a través de los trucos del LAUSD y, al hacerlo, dejó claro que los preciados derechos de los estadounidenses a la autodeterminación, incluido el sagrado derecho a la autonomía corporal en cuestiones de salud, no son negociables. Este es un gran triunfo para la verdad, la decencia y lo correcto.
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