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Las propuestas de la OMS: una carta abierta

Las propuestas de la OMS: una carta abierta

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A finales de mayo de este año, representantes de nuestros gobiernos se reunirán en Ginebra, Suiza, para votar la aprobación de dos documentos que, en conjunto, pretenden transformar la salud pública internacional y la forma en que los Estados actúan cuando el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) declara una emergencia. Estos borradores, un Acuerdo sobre Pandemias y enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (RSI), buscan establecer acuerdos jurídicamente vinculantes en virtud de los cuales los Estados se comprometen a seguir las recomendaciones de la OMS en materia de derechos humanos y atención sanitaria de sus ciudadanos.

Si bien estos acuerdos tendrán repercusiones complejas en la salud, la economía y los derechos humanos, aún se encuentran en fase de negociación en diversos comités a menos de siete semanas de la votación prevista. Se han elaborado con una prisa inusual y se pretende que se aprueben sin que los países tengan tiempo de evaluar plenamente sus implicaciones, bajo la premisa de una amenaza urgente que ya se ha demostrado infundada o sumamente exagerada.

Los países ricos están promoviendo los acuerdos como promotores de la equidad. Sin embargo, la prisa por votar e implementar socavará inevitablemente la equidad al impedir que los Estados con menos recursos participen por igual en su desarrollo y tengan tiempo para evaluar el impacto en sus entornos de atención sanitaria más frágiles. Este enfoque no se había visto tan evidente en la salud internacional desde la era colonial.

Esta es una forma deficiente y peligrosa de elaborar acuerdos jurídicamente vinculantes . En lugar de diseñar un paquete de medidas contra la pandemia coherente, proporcional al riesgo y la carga, y sensible al contexto legítimo de cada Estado, el mundo corre el riesgo de institucionalizar rápidamente un conjunto confuso de regímenes jurídicos y autoridades que anulen los intereses de los actores globales en competencia, quienes alzaron la voz con más fuerza, como se expresó desacertadamente en una reciente carta pública . Se suponía que la OMS, al ser inaugurada , representaría algo mejor.

Lo que se necesita ahora es que los países, ya sean aquellos de menores ingresos que están siendo marginados una vez más por este proceso, u otros que todavía sostienen que el colonialismo estuvo mal, insistan en posponer el proceso para simplemente garantizar la salud, la legalidad y la ética. integridad. "Equidad", como le gusta decir al Director General de la OMS.

La redacción de la Carta Abierta que figura a continuación, en la que se abordan estas cuestiones, estuvo a cargo de tres abogadas con experiencia en la OMS, en las Naciones Unidas y en derecho internacional de tratados: la Dra. Silvia Behrendt, el Prof. Asociado Amrei Muller y la Dra. Thi Thuy Van Dinh. En ella se insta a la OMS y a los Estados Miembros a prorrogar el plazo para la adopción de las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional y un nuevo Acuerdo sobre Pandemias en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud, a fin de salvaguardar el estado de derecho y la equidad. Proceder con el plazo actual, en contra de sus propios requisitos legales, no solo sería jurídicamente incorrecto, sino que demostraría inequívocamente que la equidad y el respeto a los derechos de los Estados no tienen nada que ver con la agenda de la OMS en materia de pandemias.


Estimado Dr. Tedros, Director General de la Organización Mundial de la Salud

Estimados Copresidentes Dr. Asiri y Dr. Bloomfield del GTHIH:

Estimados Copresidentes Dr. Matsoso y Sr. Driece del INB:

Estimados delegados nacionales de los respectivos grupos de trabajo,

Tanto el Grupo de Trabajo sobre Enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (2005) (GTSI) como el Órgano Internacional de Negociación (OIN) encargado de negociar el Acuerdo sobre la Pandemia recibieron el mandato de presentar la redacción jurídica definitiva de las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y al Acuerdo sobre la Pandemia ante la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud (AMS), que se celebrará a finales de mayo de 2024. Estos procesos se han llevado a cabo con prisa para «aprovechar el momento posterior a la COVID-19», a pesar de la evidencia de que existe un riesgo limitado de que se produzca otra pandemia a corto y medio plazo. En otras palabras, hay tiempo para implementar correctamente estas medidas.

Sin embargo, debido a la rapidez con que se han desarrollado estos procesos, ambas negociaciones amenazan con generar políticas ilegítimas al violar los mismos objetivos y principios de equidad y deliberación que se proclaman salvaguardados mediante el proceso legislativo para la pandemia bajo los auspicios de la OMS. En consecuencia, el plazo políticamente establecido para la adopción en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud debe ser levantado y prorrogado para salvaguardar la legalidad y la transparencia de los procesos, aclarar la relación entre el RSI enmendado y el nuevo Acuerdo sobre la Pandemia, y garantizar un resultado equitativo y democrático.

El incumplimiento del RSI por parte del GTIDH excluye una adopción legal en el 77th WHA

La adopción de enmiendas al RSI en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud ya no puede lograrse de manera legal. Actualmente, el Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos (GTDH) continúa negociando el proyecto de enmiendas, con el objetivo de finalizar el paquete de enmiendas propuestas durante su octava reunión , programada del 22 al 26 de abril, que posteriormente se presentará a la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud. Este modus operandi es ilegal. Viola el artículo 55(2) del RSI, que establece el procedimiento que debe seguirse para enmendar el RSI.

'El Director General comunicará el texto de toda propuesta de enmienda a todos los Estados Partes al menos cuatro meses antes de la Asamblea de la Salud en la que se proponga su consideración.'

El plazo para que el Director General distribuyera legalmente el paquete de enmiendas propuestas al RSI a los Estados Partes antes de la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud venció el 27 de enero de 2024. Hasta la fecha, el Director General no ha comunicado ninguna enmienda a los Estados.

El RSI es un tratado multilateral vinculante tanto para los Estados que lo ratificaron como para la OMS, incluidas las subdivisiones de la ASMA como el Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos. Deben acatar las normas de procedimiento vinculantes del artículo 55(2) del RSI y no pueden suspenderlas arbitrariamente.

Durante la transmisión web pública del 2 de octubre de 2023, el asunto se remitió al Dr. Steven Solomon, Asesor Jurídico Principal de la OMS, quien explicó que, dado que el proyecto de enmiendas proviene de una subdivisión de la Asamblea Mundial de la Salud (AMS), no se aplicaba el plazo de cuatro meses del artículo 55(2). Sin embargo, su opinión ignora que el artículo 55(2) no distingue entre Estado, grupo de Estados o parte específica de la AMS que proponga las enmiendas. Además, en los Términos de Referencia del Comité de Revisión del RSI (2022), el cronograma del trabajo del Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos (GTDH) se estableció en enero de 2024: «El GTDH presenta su paquete final de enmiendas propuestas al Director General, quien las comunicará a todos los Estados Partes de conformidad con el artículo 55(2) para su consideración por la Septuagésima Séptima Asamblea Mundial de la Salud». Si el Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos y la OMS violan deliberadamente el RSI, se socava el estado de derecho, lo que podría acarrear responsabilidad internacional para la organización y/o las personas responsables.

Procesos inseparables del RSI y el nuevo tratado sobre pandemia 

Los borradores disponibles del WGIHR y del INB implican que ambos procesos no pueden funcionar de forma independiente, sino que son inseparables. En particular, el nuevo borrador del Acuerdo sobre la Pandemia no puede adoptarse antes de la revisión del RSI, ya que debe basarse en la estructura, el alcance material y las instituciones revisadas del RSI (especialmente dada la redacción de las capacidades básicas del RSI que figuran en el texto de negociación del Acuerdo sobre la Pandemia del 7 de marzo de 2024). Cuestiones como la importante superposición ratione materiae , las competencias y relaciones entre los órganos del tratado recientemente establecidos y los Estados Miembros, así como las implicaciones financieras a largo plazo para el presupuesto de salud, etc., requieren una aclaración detallada antes de su adopción.

Equidad y legitimidad democrática 

Ignorar las obligaciones procesales del RSI y dejar nebulosa la relación entre el RSI enmendado y el nuevo Acuerdo sobre Pandemia no sólo socava el estado de derecho internacional, sino que también socava el espíritu del artículo 55(2) del RSI (2005), que garantiza a los Estados Miembros Un plazo de cuatro meses para revisar las enmiendas al RSI a fin de promover la legitimidad democrática, la justicia procesal y garantizar mejores resultados equitativos.  

Los Estados necesitan al menos cuatro meses para reflexionar exhaustivamente sobre las implicaciones de las enmiendas propuestas para sus ordenamientos jurídicos constitucionales internos y sus capacidades financieras. Deben buscar la aprobación política y/o parlamentaria antes de la adopción de las respectivas resoluciones en la Asamblea Mundial de la Salud. Esto es especialmente pertinente dado el estatus legal único de las enmiendas adoptadas al RSI que entrarán en vigor automáticamente a menos que un Estado Parte opte activamente por no hacerlo en un plazo muy corto de 10 meses.

La OMS afirma que la equidad está en el centro de la agenda de preparación y respuesta ante una pandemia. Muchos países de ingresos bajos y medianos no tienen representantes y expertos presentes en Ginebra durante todos los procesos de negociación paralelos, sus representantes discuten asuntos en idiomas menos familiares y/o deben depender de grupos diplomáticos/representaciones regionales. Esto introduce inequidad en la capacidad de participar plenamente en el proceso de negociación dentro del GTIHR y el INB que desarrolla el Acuerdo sobre Pandemia. Los países más ricos tienen más capacidad para contribuir a los borradores y mayores recursos para revisar sus implicaciones. Estos procesos de negociación manifiestamente injustos son contrarios al espíritu y a la intención declarada de todo el proceso. Garantizar la equidad, la transparencia y la equidad requiere un tiempo adecuado para discutir y considerar lo que se pretende que sean acuerdos jurídicamente vinculantes.

Reclamación de urgencia marcadamente exagerada 

Si bien algunos han argumentado que la urgencia en el desarrollo de nuevos instrumentos para la gestión de pandemias se justifica por el creciente riesgo y la carga que representan estos brotes de enfermedades infecciosas, recientemente se ha demostrado que esta afirmación es claramente exagerada . La evidencia en la que se han basado la OMS y sus agencias asociadas, como el Banco Mundial y el G20, demuestra que el riesgo de brotes de origen natural no está aumentando actualmente y que la carga general probablemente esté disminuyendo. Esto sugiere que los mecanismos actuales funcionan de manera relativamente eficaz y que los cambios deben considerarse con cautela, sin una urgencia excesiva, a la luz de la heterogeneidad de la amenaza y las prioridades de salud pública contrapuestas entre los Estados Miembros de la OMS.

Llamamiento para no adoptar las enmiendas al RSI o el Acuerdo sobre Pandemia en la 77ª reuniónth WHA

Se solicita a los dos grupos de trabajo que respeten los Principios y directrices de las Naciones Unidas para las negociaciones internacionales, UN A/RES/53/101 , y que lleven a cabo las negociaciones con espíritu de buena fe, procurando mantener un ambiente constructivo y absteniéndose de cualquier conducta que pueda socavar las negociaciones y su progreso. Un calendario racional, sin presiones políticas para obtener resultados, salvaguardará el actual proceso legislativo y evitará un posible abandono político, como ocurrió con el Tratado de la OMS sobre Investigación y Desarrollo (I+D).

Una de las razones originales para iniciar el proceso de enmienda del RSI (2005) fue la preocupación expresa de la OMS por el incumplimiento por parte de los Estados de sus obligaciones en virtud del RSI durante la emergencia de salud pública de importancia internacional de la COVID-19. Al no respetar el período de revisión de cuatro meses, la OMS y el Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos (GTDH) demuestran su manifiesta indiferencia hacia sus obligaciones jurídicamente vinculantes en virtud del RSI. Ya no es legalmente posible presentar una resolución con enmiendas propuestas al RSI para su adopción en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud. En consecuencia, también es necesario aplazar el Acuerdo sobre la Pandemia, dado que ambos procesos son interdependientes.

Este es un llamado urgente a la OMS y sus Estados miembros para salvaguardar el estado de derecho y la equidad procesal y de resultados permitiendo aportes y deliberaciones justas. Para hacerlo, será necesario levantar y ampliar el plazo, abriendo así la posibilidad de contar con una arquitectura jurídica más preparada para el futuro para la prevención, preparación y respuesta ante pandemias, en consonancia con el derecho internacional y sus compromisos normativos.

Respetuosamente tuyo. 


Nota. Esta carta fue escrita para ser utilizada como los Estados y otras partes consideren mejor, con o sin atribución, para promover la causa de la equidad, la proporcionalidad y la formulación de políticas basadas en evidencia en salud pública internacional.

Puede ser firmada por el público, que será el destinatario de los daños causados ​​por este enfoque apresurado y erróneo de la salud pública, en: https://openletter-who.com/


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Publicado bajo un Licencia de Creative Commons Atribución Internacional
Para reimpresiones, vuelva a establecer el enlace canónico en el original Brownstone Institute Artículo y Autor.

Autor

  • David Bell, Académico Senior en Brownstone InstituteDavid es médico de salud pública y consultor de biotecnología en el ámbito de la salud global. Anteriormente, fue médico y científico en la Organización Mundial de la Salud (OMS), jefe del programa de malaria y enfermedades febriles en la Fundación para el Diagnóstico Innovador (FIND) en Ginebra, Suiza, y director de Tecnologías de Salud Global en Intellectual Ventures Global Good Fund en Bellevue, Washington, EE. UU.

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