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Las propuestas de la OMS: una carta abierta

Las propuestas de la OMS: una carta abierta

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A finales de mayo de este año, representantes de nuestros gobiernos se reunirán en Ginebra, Suiza, para votar sobre la aceptación de dos documentos que, en conjunto, pretenden transformar la salud pública internacional y la forma de actuar de los Estados cuando el Director General del Mundo La Organización de la Salud (OMS) declara una emergencia. Estos borradores, un Acuerdo de pandemia y enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (RSI), tienen como objetivo establecer acuerdos jurídicamente vinculantes en virtud de los cuales los Estados se comprometen a seguir las recomendaciones de la OMS en materia de derechos humanos y atención sanitaria de sus propios ciudadanos. 

Aunque estos acuerdos tendrán un impacto complejo en la salud, las economías y los derechos humanos, todavía están siendo negociados por varios comités menos de siete semanas antes de la votación prevista. Se han desarrollado con inusual rapidez y se pretende que avancen sin que los países tengan tiempo de evaluar plenamente sus implicaciones, sobre la premisa de una amenaza urgente que ya ha sido demostrado ser infundado o extremadamente exagerado. 

Los países ricos están promoviendo los acuerdos como promotores de la equidad. Sin embargo, la prisa por votar e implementar socavará inevitablemente la equidad al impedir que los Estados con menos recursos participen por igual en su desarrollo y tengan tiempo para evaluar el impacto en sus entornos de atención sanitaria más frágiles. Este enfoque no se había visto tan evidente en la salud internacional desde la era colonial.

Esta es una manera pobre y peligrosa de desarrollarse. Jurídicamente vinculante acuerdos. En lugar de diseñar un paquete pandémico coherente que sea proporcional al riesgo y la carga y sensible al contexto legítimo de los Estados individuales, el mundo corre el riesgo de institucionalizar rápidamente un conjunto confuso de regímenes legales y autoridades superiores que reflejan las necesidades de los actores globales en competencia que gritaban más fuerte, como desacertado en un reciente carta publica. La OMS, cuando inaugurado, se suponía que representaría algo mejor.

Lo que se necesita ahora es que los países, ya sean aquellos de menores ingresos que están siendo marginados una vez más por este proceso, u otros que todavía sostienen que el colonialismo estuvo mal, insistan en posponer el proceso para simplemente garantizar la salud, la legalidad y la ética. integridad. "Equidad", como le gusta decir al Director General de la OMS.

La redacción de la Carta Abierta A continuación, que aborda estos temas, fue dirigido por tres abogados con experiencia en la OMS, dentro de las Naciones Unidas y en el derecho de los tratados internacionales, la Dra. Silvia Behrendt, Assoc. Prof. Amrei Muller y Dra. Thi Thuy Van Dinh. Simplemente pide a la OMS y a los Estados miembros que amplíen el plazo para la adopción de las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional y un nuevo Acuerdo sobre Pandemia en la 77.th WHA para salvaguardar el estado de derecho y la equidad. Continuar con el plazo actual, en contra de sus propios requisitos legales, no sólo sería un error legal sino que demostraría inequívocamente que la equidad y el respeto por los derechos de los Estados no tienen nada que ver con la agenda pandémica de la OMS. 


Estimado Dr. Tedros, Director General de la Organización Mundial de la Salud

Estimados Copresidentes Dr. Asiri y Dr. Bloomfield del GTHIH:

Estimados Copresidentes Dr. Matsoso y Sr. Driece del INB:

Estimados delegados nacionales de los respectivos grupos de trabajo,

Tanto el Grupo de Trabajo sobre Enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional (2005) (GTIHR) como el Órgano de Negociación Internacional (INB) que negoció el Acuerdo sobre Pandemia recibieron el mandato de entregar la redacción legal definitiva de las enmiendas específicas del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) como así como del Acuerdo de Pandemia a los 77th Asamblea Mundial de la Salud (AMS), que tendrá lugar a finales de mayo de 2024. Estos procesos se han iniciado apresuradamente para “capturar un momento posterior a la COVID-19”, a pesar de la evidencia de que existe un riesgo limitado de que ocurra otra pandemia en el corto plazo. -a mediano plazo. En otras palabras, hay tiempo para aplicar correctamente estas medidas.

Sin embargo, debido a la velocidad con la que se han producido estos procesos, ambos procesos de negociación amenazan con generar políticas ilegítimas al violar los mismos objetivos y principios de equidad y deliberación que se proclaman salvaguardados a través del proceso de elaboración de leyes pandémicas bajo los auspicios de la OMS. . En consecuencia, el plazo fijado políticamente para su adopción en la 77.ª reuniónth La WHA debe levantarse y ampliarse para salvaguardar la legalidad y la transparencia de los procesos, aclarar la relación entre el RSI enmendado y el nuevo Acuerdo sobre Pandemia, y garantizar un resultado equitativo y democrático.

El incumplimiento del RSI por parte del GTIDH excluye una adopción legal en el 77th WHA

La adopción de cualquier enmienda del RSI en la 77.ª reuniónth La WHA ya no se puede lograr de manera legal. Actualmente, el GTIDH continúa negociando el proyecto de enmiendas, con el objetivo de finalizar el paquete de enmiendas propuestas durante su octava reunión.th reunión prevista para el 22nd 26 Mayoth Abril que luego será presentado a los 77th QUÉ. Este modus operandi es ilegal. Viola el artículo 55(2) del RSI, que establece el procedimiento a seguir para modificar el RSI:   

'El Director General comunicará el texto de toda propuesta de enmienda a todos los Estados Partes al menos cuatro meses antes de la Asamblea de la Salud en la que se proponga su consideración.'

La fecha límite para que el Director General distribuya legalmente el paquete de enmiendas propuestas al RSI a los Estados Partes antes de la 77th WHA ha pasado el día 27th Enero de 2024. Hasta el momento, el Director General no ha comunicado ninguna modificación a los Estados. 

El RSI es un tratado multilateral vinculante tanto para los Estados que ratificaron el RSI como para la OMS, incluidas subdivisiones de la WHA como el WGIHR. Deben respetar las normas procesales vinculantes del artículo 55(2) del RSI y no pueden suspender estas normas arbitrariamente. 

Durante los webcast público de 2nd En octubre de 2023, la cuestión se remitió al Oficial Jurídico Principal de la OMS, Dr. Steven Solomon, quien explicó que, dado que el proyecto de enmiendas proviene de una subdivisión de la WHA, el requisito de cuatro meses del artículo 4(55) no se aplicaba. Sin embargo, su opinión ignora el hecho de que el artículo 2(55) no hace ninguna distinción en cuanto a qué Estado, grupo de Estados o parte específica de la Asamblea Mundial de la Salud propone las modificaciones. Además, en el mandato del Comité de Examen del RSI (2022) el cronograma de trabajo del GTIDH se fijó en 'enero de 2024: el GTIDH presenta su paquete final de enmiendas propuestas al Director General, quien las comunicará a todos los Estados Partes de conformidad con el artículo 55(2) para la consideración del Septuagésimo séptimo Asamblea Mundial de la Salud.' Si el GTIDH y la OMS violan intencionadamente el RSI, el estado de derecho se ve efectivamente socavado, lo que podría implicar responsabilidad internacional para la organización y/o las personas a cargo. 

Procesos inseparables del RSI y el nuevo tratado sobre pandemia 

Los borradores disponibles del GTIDH y del INB implican que los dos procesos del GTIDH y del INB no pueden funcionar de forma independiente sino que son inseparables el uno del otro. En particular, el nuevo proyecto de Acuerdo sobre Pandemia no puede adoptarse antes de revisar el RSI porque debe basarse en la estructura revisada, el alcance material y las instituciones del RSI (especialmente teniendo en cuenta la redacción de las capacidades básicas del RSI actualmente en el documento del 7 de marzo).th, 2024 texto de negociación del Acuerdo sobre Pandemia). Desafíos perturbadores como la importante superposición proporción de materiales, las competencias y relaciones entre los órganos creados en virtud de tratados recientemente establecidos y los Estados miembros, así como las implicaciones financieras a largo plazo para el presupuesto de salud, etc., requieren una aclaración detallada antes de su adopción. 

Equidad y legitimidad democrática 

Ignorar las obligaciones procesales del RSI y dejar nebulosa la relación entre el RSI enmendado y el nuevo Acuerdo sobre Pandemia no sólo socava el estado de derecho internacional, sino que también socava el espíritu del artículo 55(2) del RSI (2005), que garantiza a los Estados Miembros Un plazo de cuatro meses para revisar las enmiendas al RSI a fin de promover la legitimidad democrática, la justicia procesal y garantizar mejores resultados equitativos.  

Los Estados necesitan al menos cuatro meses para reflexionar exhaustivamente sobre las implicaciones de las enmiendas propuestas para sus ordenamientos jurídicos constitucionales internos y sus capacidades financieras. Deben buscar la aprobación política y/o parlamentaria antes de la adopción de las respectivas resoluciones en la Asamblea Mundial de la Salud. Esto es especialmente pertinente dado el estatus legal único de las enmiendas adoptadas al RSI que entrarán en vigor automáticamente a menos que un Estado Parte opte activamente por no hacerlo en un plazo muy corto de 10 meses.

La OMS afirma que la equidad está en el centro de la agenda de preparación y respuesta ante una pandemia. Muchos países de ingresos bajos y medianos no tienen representantes y expertos presentes en Ginebra durante todos los procesos de negociación paralelos, sus representantes discuten asuntos en idiomas menos familiares y/o deben depender de grupos diplomáticos/representaciones regionales. Esto introduce inequidad en la capacidad de participar plenamente en el proceso de negociación dentro del GTIHR y el INB que desarrolla el Acuerdo sobre Pandemia. Los países más ricos tienen más capacidad para contribuir a los borradores y mayores recursos para revisar sus implicaciones. Estos procesos de negociación manifiestamente injustos son contrarios al espíritu y a la intención declarada de todo el proceso. Garantizar la equidad, la transparencia y la equidad requiere un tiempo adecuado para discutir y considerar lo que se pretende que sean acuerdos jurídicamente vinculantes.

Reclamación de urgencia marcadamente exagerada 

Si bien algunos han argumentado que la urgencia de desarrollar nuevos instrumentos de gestión de pandemias se justifica por el riesgo y la carga crecientes de tales brotes de enfermedades infecciosas, recientemente se ha demostrado que esto es una medida marcadamente afirmación exagerada. Las bases de evidencia en las que se ha basado la OMS y las agencias asociadas, incluidos el Banco Mundial y el G20, demuestran que el riesgo de brotes de origen natural no está aumentando actualmente y que la carga general probablemente esté disminuyendo. Esto sugiere que los mecanismos actuales están funcionando con relativa eficacia y que los cambios deben considerarse cuidadosamente, sin urgencia excesiva, a la luz de la heterogeneidad de las amenazas y las prioridades de salud pública en competencia entre los Estados Miembros de la OMS.

Llamamiento para no adoptar las enmiendas al RSI o el Acuerdo sobre Pandemia en la 77ª reuniónth WHA

Se solicita a los dos grupos de trabajo que sigan los Principios y directrices de las Naciones Unidas para las negociaciones internacionales. ONU A/RES/53/101, y llevar a cabo negociaciones con un espíritu de buena fe y "esforzarse por mantener una atmósfera constructiva durante las negociaciones y abstenerse de cualquier conducta que pueda socavar las negociaciones y su progreso". Un cronograma racional sin presión política para obtener resultados evitará que el actual proceso legislativo colapse y evitará un posible abandono político, como se experimentó en el caso del Tratado de Investigación y Desarrollo (I+D) de la OMS. 

Una de las razones originales para iniciar el proceso de enmienda del RSI (2005) fue la preocupación expresa de la OMS de que los Estados no cumplieran con sus obligaciones en virtud del RSI durante la emergencia de salud pública de importancia internacional del Covid-19. Al no respetar el período de revisión de cuatro meses, la OMS y el GTIDH muestran abiertamente su desprecio por sus obligaciones jurídicamente vinculantes en virtud del RSI. Una resolución con propuestas de enmiendas al RSI para su adopción en la 4ªth WHA ya no se puede presentar legalmente. En consecuencia, también es necesario retrasar el Acuerdo sobre la Pandemia, ya que ambos procesos son interdependientes. 

Este es un llamado urgente a la OMS y sus Estados miembros para salvaguardar el estado de derecho y la equidad procesal y de resultados permitiendo aportes y deliberaciones justas. Para hacerlo, será necesario levantar y ampliar el plazo, abriendo así la posibilidad de contar con una arquitectura jurídica más preparada para el futuro para la prevención, preparación y respuesta ante pandemias, en consonancia con el derecho internacional y sus compromisos normativos.

Respetuosamente tuyo. 


Nota. Esta carta fue escrita para ser utilizada como los Estados y otras partes consideren mejor, con o sin atribución, para promover la causa de la equidad, la proporcionalidad y la formulación de políticas basadas en evidencia en salud pública internacional.

Puede ser firmado por el público, que será el destinatario de los daños de este enfoque apresurado y equivocado de la salud pública, en: https://openletter-who.com/



Publicado bajo un Licencia de Creative Commons Atribución Internacional
Para reimpresiones, vuelva a establecer el enlace canónico en el original Instituto Brownstone Artículo y Autor.

Autor

  • David Bell

    David Bell, académico principal del Instituto Brownstone, es médico de salud pública y consultor biotecnológico en salud global. Es exfuncionario médico y científico de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Jefe de Programa para la malaria y enfermedades febriles en la Fundación para Nuevos Diagnósticos Innovadores (FIND) en Ginebra, Suiza, y Director de Tecnologías de Salud Global en Intellectual Ventures Global Good. Fondo en Bellevue, WA, EE. UU.

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